Ejercicio de la opción de compra.

El arrendatario puede ejercitar la opción a compra en cualquier momento dentro de la duración de la opción a compra, 5 años. Para ello deberá de notificar fehacientemente a VISESA y ejercitarla antes de los 3 meses de la finalización de los 5 años. En el plazo de 60 días se ha de formalizar la correspondiente escritura de compraventa, aplicando las deducciones del precio de venta de la vivienda y anejos que correspondan.